El sistema público de pensiones presenta un fuerte
déficit en sus cuentas desde 2012, que se mantiene hoy en día. Dicho déficit se
sitúa en torno al 14 % del gasto en pensiones, lo que ha obligado a acudir al
Fondo de Reserva de la Seguridad Social y a los excedentes de las Mutuas de
accidentes de trabajo, con fuerte merma de los mismos estos últimos cuatro años.
A la vista de ello, se están proponiendo diversos cambios, algunos profundos y
de reordenación del modelo. La propuesta de mayor resonancia consiste en
financiar el gasto correspondiente a las pensiones de viudedad y orfandad con
cargo a impuestos.
Ante todo, conviene identificar bien las causas de
tal déficit, para acertar en las medidas a adoptar y, sobre todo, en su
intensidad. Así, debe destacarse que las causas del déficit son esencialmente
coyunturales o debidas a opciones políticas injustificadas y perfectamente
corregibles en el corto plazo. Ello nos debe servir para no dramatizar la
situación, excluyendo cualquier riesgo respecto de la sostenibilidad del Sistema
de pensiones, pues tales causas en modo alguno ponen en cuestión su diseño e
intensidad de cobertura.
Cuatro son las causas principales del déficit: 1) la
destrucción de empleo durante la crisis, que supone tres millones menos de
cotizantes; 2) la devaluación salarial producida, que también ha provocado una
reducción de ingresos vía cotizaciones; 3) el hecho de que el crecimiento del
empleo ha arrancado con un fuerte incremento del trabajo a tiempo parcial y con
empleos poco cualificados con bajos salarios, que comportan cotizaciones de
menor cuantía; 4) la incomprensible opción del Gobierno de financiar las
medidas de fomento del empleo con cargo a las arcas de la Seguridad Social,
mientras que con anterioridad siempre lo han sido vía Presupuestos; sólo
rectificar esta medida supondría reducir el déficit de manera significativa. En
suma, tratándose sobre todo de causas coyunturales, escasa necesidad existe de
adoptar medidas profundas para corregir el grueso del déficit; con la
tranquilidad añadida de que el remanente existente en el Fondo de Reserva da margen
temporal para que poco a poco se superen estos desequilibrios.
A pesar de ello, no es descartable que se detecte un
cierto desequilibrio estructural, que justifique reconsiderar las vías de
financiación del Sistema. De una parte, aunque la principal causa estructural
--el envejecimiento de la población-- fue afrontada con la reforma de 2011 y
está dando ya sus resultados, no cabe descartar que en el medio plazo provoque
algún desequilibrio. De otra parte, un posible repunte de la inflación, bastante
previsible apenas se caliente la economía, debe provocar una revalorización de
las pensiones en porcentajes superiores a los actuales. Frente a ello, no
siendo oportuno incrementar el tipo de las cotizaciones, que penalizarían el
empleo, sería preferible acoger las propuestas de incremento de la financiación
de la Seguridad Social vía impuestos.
Ahora bien, lo que no conviene es confundir las vías
de financiación con su vinculación a concretas pensiones, como son las de
viudedad y orfandad, con el riesgo de que ello conduzca a poner en cuestión su
carácter contributivo. En estos momentos las pensiones de viudedad y orfandad
son tan contributivas como las de jubilación e incapacidad, sin que existan
razones para alterar su naturaleza: deben seguir siendo contributivas, al menos
hasta que transcurran varias generaciones de mujeres que no se han podido incorporar
al mercado de trabajo desde su juventud y sin interrupciones a lo largo de su
vida laboral. Si existe un déficit estructural éste es común a todas las
pensiones públicas y no a unas específicas.
Teniendo en cuenta
que uno de los posibles factores desencadenantes del déficit estructural provendría
de la revaloración de las pensiones, la propuesta alternativa sería que los
costes de la revalorización de las pensiones se asumieran vía impuestos, sin
demérito a su carácter contributivo. Tal fórmula no supondría alterar el modelo
general de financiación, ni mucho menos poner en cuestión el carácter
contributivo de ciertas pensiones. Por lo demás, sería una fórmula progresiva,
de escasa entidad inicial, pero acumulativa en el tiempo, que incluso con el
paso de los años podría permitir una cierta reducción en las cotizaciones
sociales sin reducir la intensidad de la cobertura del Sistema.