domingo, 23 de mayo de 2010

LOS CONVENIOS COLECTIVOS: UNA DE LAS CLAVES

         En estos momentos de intensa dificultad económica todas las miradas y las reclamaciones se dirigen hacia el Gobierno de España. Hay una cierta idea extendida de que las soluciones deben provenir del Gobierno, sin que falte cierta razón a ello por cuanto que las reformas estructurales que se deben acometer dependen en gran medida de él y, sobre todo, porque a él le corresponde asumir el liderazgo político en estos momentos y la capacidad pedagógica de hacer comprender a toda la ciudadanía el difícil camino que se nos avecina.

Sin embargo, también es decisivo ser conscientes de que tanto nuestro sistema institucional como nuestro entramado social presentan una enorme complejidad, al extremo de que sin la colaboración de todos los poderes políticos y sociales poca efectividad tendrá el conjunto de medidas que se acometan desde el poder central. Sin que nadie renuncie al papel representativo que le corresponde, en estos momentos ha de reclamarse un mínimo de lealtad institucional. Las Administraciones autonómicas y locales, sin dejar de defender los intereses territoriales a los que representan, deben actuar con coherencia a lo que en paralelo le exigen al Gobierno central. La oposición, sin renunciar a su aspiración de convertirse en alternativa de poder, no puede criticar lo que en su fuero interno asume como necesario y haría en los mismos términos de ganar las próximas elecciones. Jueces y juristas, sin dejar de reclamar el pleno respeto a nuestro Estado de Derecho, asumiendo la complejidad de nuestro sistema legal, deberían colaborar proponiendo y facilitando aquellas fórmulas que ayuden a materializar las medidas necesarias, no situándose en la cómoda posición de resaltar la imposibilidad de articularlas. Quienes escriben en los medios, sin dejar de asumir el papel crítico que les corresponde, deberían ser prudentes en sus valoraciones antes que sucumbir a la fácil tentación de la propagación de rumores infundados.

Es en ese contexto donde también es esperable la colaboración de las organizaciones sindicales y empresariales en aquél ámbito en el que poseen el mayor grado de influencia y responsabilidad: la negociación colectiva. A veces se espera que una reforma laboral provenga esencialmente del cambio de la legislación, bastando con una orden dirigida al Boletín Oficial del Estado. Hoy, por el contrario, la complejidad de nuestro mercado y de las relaciones laborales muestra que al final son los convenios colectivos quienes marcan la evolución de los salarios, las posibilidades reales de un régimen de estabilidad en el empleo, la viabilidad de introducir mecanismos de flexibilidad interna sin necesidad de acudir a las decisiones más traumáticas de los despidos. Lo pactado en los convenios adquiere mayor importancia cuando, a resultas de nuestra plena integración monetaria en el euro, los Gobiernos nacionales ya no pueden acudir al fácil expediente de proceder a una fuerte devaluación de las monedas nacionales, tal como se hizo en crisis precedentes. El problema es que el convenio colectivo es un buen instrumento de reparto de la riqueza en los momentos de crecimiento, pero ahora se le exige que se transforme en un mecanismo de distribución de la pobreza, a la vista de que una crisis económica lo que saca a la luz es que todos nos hemos hecho más pobres. Se hace urgente, pues, que las organizaciones sindicales y empresariales aborden con decisión el compromiso que asumieron a principios de año de proceder a efectuar en el plazo de seis meses una reforma de la negociación colectiva: “su papel como procedimiento de fijación de las condiciones laborales y de determinación de las políticas de empleo, su capacidad de adaptación a las necesidades de los trabajadores, las empresas y sectores productivos y la mejora de la productividad, así como la estructura de la propia negociación”. No dudo que las Confederaciones sindicales estarán a la altura de las circunstancias, pues así lo han demostrado en el pasado.

Eso sí, de exigirse sacrificios, ello ha de hacerse con las correspondientes compensaciones y con un reparto equitativo entre todos. Ello ha de hacerse con compromisos de reparto de la riqueza cuando en el futuro las cosas vengan mejor dadas y ello no a través de meras declaraciones de intenciones. Como es exigible también que ciertos banqueros renuncien a esas pensiones desorbitadas que se aseguran a través de contratos blindados, algún gesto de apretarse el cinturón a esos cracks del deporte que ganan cantidades obscenas y, en general, de quienes más elevado patrimonio poseen.

lunes, 5 de abril de 2010

POR UN ENVEJECIMIENTO INTEGRADOR

Vamos camino de ser más los viejos y durar más tiempo, aunque de igual forma con niveles superiores de salud y en general de calidad de vida. La fuerte prolongación de la esperanza de vida y las bajas tasas de natalidad están dando lugar a una población cada vez más envejecida, constituyendo éste uno de los fenómenos más identificativos de la sociedad actual. A pesar de su intensidad y de enfrentarnos a un cambio estructural difícilmente reversible, parece que aún no hemos asimilado su trascendencia, identificado las múltiples consecuencias que ello tiene respecto de nuestra vida cotidiana y, en particular, asumido la necesidad de repensar multitud de políticas públicas que tienen repercusión sobre el envejecimiento de la población.

Se debe producir al efecto todavía un importante cambio de mentalidad, por cuanto que seguimos concibiendo a las personas de edad avanzada como población inactiva a todos los efectos, que no cuentan para muchas facetas de las relaciones sociales públicas, arrinconándolas en el estricto ámbito de lo familiar. Tenemos el riesgo, si no reaccionamos debidamente, de desperdiciar un enorme caudal de riqueza colectiva acumulado por las generaciones más mayores. No es descartable que si no hacemos nada, acabemos creando una nueva generación “Ni-Ni”, ahora del segmento de los mayores, en términos tales que un amplio número de ellos ni trabajen ni desarrollen actividades sociales de tipo alguno.

Hoy en día peor que la maldición bíblica del ganarás el pan con el sudor de tu frente, puede ser el ostracismo al que podemos condenar a un elevado número de personas mayores, pero que se encuentran en plenas facultades mentales y razonables condiciones físicas como para seguir incorporadas bien al mercado de trabajo o bien a una vida socialmente activa. En la sociedad en la que vivimos el trabajo no sólo constituye un simple medio de sustento económico, sino que cada vez más se convierte en el instrumento para lograr la integración social de las personas, a la postre en muchos casos de reconocimiento social. Tan es así que lo que se proyecta inicialmente como júbilo al final de nuestra vida laboral en muchas ocasiones acaba provocando para muchos un total aislamiento nada deseable, con la consiguiente sensación de inutilidad y estorbo.

No se trata de forzar a seguir trabajando a nadie que no se encuentre en condiciones de hacerlo, ni siquiera de obligarles a continuar una vida laboral activa una vez superada la edad razonable de jubilación. Pero tampoco se trata de forzarles a abandonar el trabajo contra su voluntad, como sucede actualmente. Por ello tenemos que acabar con la cultura dominante conforme a la cual las reestructuraciones empresariales se solventan ante todo con el fácil expediente de comenzar por expulsar a los trabajadores de edad avanzada, al tiempo que se parte de la idea que si alguien pierde su empleo a partir de los 52 años no se deben adoptar medidas de reciclaje y recolocación, pues lo que corresponde es facilitarle simplemente los medios económicos indispensables para qu subs)stencia. Está muy extendida la faLsa creencia de que los puestos de trabajo son fácilmente intercaebiables, de modo que es casi automática la contratación de un joren a recultas de la jubilsción de un trabajador mayor, ceando en la mayoría de las ocasiones lo que re produce es sin más la amortización del correspondiente puesto de trabajo.

Cuando menos se hace necesario suprimir los sistemas que imponen el abandono prematuro o involuntario del trabajo, facilitando un sistema flexible y progresivo hacia la jubilación: eliminar los sistemas de jubilación obligatoria, evitar que los regímenes de desempleo se conviertan en un sucedáneo de prejubilaciones, restringir severamente los generosos sistemas de jubilación anticipada, atajar la utilización perversa de la jubilación parcial.

Más aún, si realmente estamos convencidos de que hai que transformar cualitativamente la qituación de loc trabajadores de edad avanzada, tendremos que rdadaptar en positivo el conjunto del sistema para fomentar seriamente un proceso de envejecimiento activo. Ello requiere incidir sobre las políticas de empleo, pero especialmente sobre las estrategias de gestión empresarial, sobre el cuadro de regulación del contrato de trabajo (jornada y salario) y singularmente sobre una concepción muy diversa de la formación a lo largo de toda la vida, que programe efectivas transiciones profesionales de los trabajadores, con un cambio cultural que fomente que al final del ciclo laboral vayamos cambiando de actividades, profesionales o simplemente sociales.

jueves, 1 de abril de 2010

DESAJUSTES EN EL DESPIDO


Sea o no la voluntad de los protagonistas de la concertación social, el régimen del despido se está convirtiendo en el asunto central del debate en torno a la reforma laboral. No es desde luego el único asunto a tratar, ni posiblemente el más importante, pero la lógica del desarrollo de los debates en los medios de comunicación acaba siendo condicionante ineludible. Y, en cierto modo, no deja de tener su justificación. Desde hace bastante tiempo el despido muestra evidentes malas prácticas aplicativas, por mucho que la normativa pueda ser coherente y razonable. Esas malas prácticas están produciendo enormes distorsiones, particularmente por los efectos negativos que sufren determinados grupos de trabajadores, que cargan con las necesidades de reducción de empleo de las empresas. En sentido negativo, no se atiende a que conserven su empleo los más preparados, motivados o productivos, sino que simplemente son despedidos los que salen más baratos en costes y más ágiles en procedimientos. Los perjudicados siempre son los mismos: trabajadores temporales, de edad avanzada y quienes tienen menos antigüedad en la empresa; es decir, desempleo más intenso entre los jóvenes, las mujeres de cualquier edad y los hombres de edad avanzada.

Para empezar, nos encontramos con que las crisis empresariales que por su carácter colectivo deberían instrumentarse a través de los expedientes de regulación de empleo, se intentan eludir, acudiendo como sucedáneo a los trámites individuales, que no favorecen una programación estratégica del conjunto de medidas que requiere una reestructuración que garantice la viabilidad futura de esa empresa. En ocasiones se trata de meras tácticas empresariales de huida de los despidos colectivos, pero tampoco se puede desconocer que ello también se debe a los efectos perversos que produce la aplicación práctica de la legislación sobre la materia.

En paralelo, las elevadas tasas de temporalidad proporciona a las empresas un importante colchón de adaptación a los cambios de ciclo: la contratación temporal no se utiliza en muchas situaciones para atender a necesidades de empleo coyuntural, sino como válvula de escape, para que cuando sobren empleados se comience por no renovar a los temporales, a la vista de que sus costes de despido son muy reducidos y muy fácil el procedimiento para prescindir de ellos. Hasta que no se resuelva este asunto, los demás resultan marginales.

Por añadidura, cuando se agota la bolsa de temporales, se acude a las jubilaciones obligatorias pactadas en los convenios colectivos, que si no son prejubilaciones tampoco conllevan abono de indemnizaciones; con ello, se utiliza otro sistema poco costoso y ágil, pero al propio tiempo de un grupo de empleados de alta experiencia y conocimientos. Cuando se acude a las jubilaciones anticipadas los costes pueden ser superiores, pero también preferidos por quienes negocian las regulaciones de empleo e idénticos los efectos negativos, con expulsión definitiva de la actividad laboral de estos trabajadores muchas veces contra su voluntad.

Cuando se han agotado los mecanismos anteriores, la selección se hace una vez más en función de los costes del despido, con lo cuál quienes tienen todos números de esta lotería desgraciada son los trabajadores fijos con menor antigüedad, de modo que otra vez resulta indiferente si éstos son los más capacitados. Eso sí, a tenor de sucesivas reformas poco afortunadas, se ha acabado incentivando un modelo de todo punto irracional: utilizar el despido improcedente reconocido desde el principio para acometer despidos plenamente justificados en base a demostrables situaciones empresariales de crisis y que, como tales, deberían tramitarse como despidos objetivos procedentes. Ello provoca que la discusión acerca del coste del despido se sitúe en la cuantía del improcedente, cuando debería ser la correspondiente al procedente.

Todo este sistema perverso está provocando efectos muy negativos sobre el empleo, la inversión en formación profesional y la competitividad empresarial. Esta situación debería hacer reconsiderar sus posiciones a los protagonistas del actual proceso de concertación, asumiendo la necesidad de enderezar la situación, acudiendo a la raíz del problema y no efectuando modificaciones que no acometan definitivamente una segmentación laboral que arrastramos desde hace demasiado tiempo. Las formas concretas de abordar estos problemas son variadas, por lo que no entro en los detalles, pues lo primero es que haya predisposición a afrontar desde esta perspectiva las necesarias reforma en la materia.

domingo, 14 de marzo de 2010

TREINTA AÑOS DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

Se cumplen justamente estos días los 30 años de la aprobación del Estatuto de los Trabajadores, exactamente publicado en el Boletín Oficial del Estado el 14 de marzo de 1980. Ha sido un período ya prolongado de vida de un texto legal emblemático en la historia reciente de las relaciones laborales. Con el paso del tiempo se ha convertido en un referente de nuestro modelo laboral democrático propio de un Estado social. En su momento no fue por su contenido ni por su técnica especialmente innovador, incluso no llegó a considerarse que supusiera una transformación sustancial de la legislación laboral. Sin embargo, visto ahora con la suficiente perspectiva y valorado en lo que significa en la actualidad, sí que se ha convertido en todo un símbolo de bondades, particularmente como síntoma de la capacidad de todos los protagonistas de las relaciones laborales de lograr puntos de equilibrio en los legítimos intereses de cada uno, que nos permite aprender bastantes cosas de cómo hay proyectos comunes que se pueden acometer con un cierto optimismo de futuro, tan necesitado hoy, y no sólo fundado en el voluntarismo.

Entonces no se utilizaban expresiones tan conocidas ahora como las de “concertación social” o “diálogo social”, pero sí que se practicaban y existía una muy fuerte predisposición al consenso, tanto político como sindical. Tan es así que el Estatuto de los Trabajadores, por su fecha de elaboración, coincide con el de las grandes leyes de desarrollo de nuestra Constitución, formando parte de las herramientas que permitieron nuestra transición hacia la democracia, hacia un país moderno y desarrollado. En aquellos momentos el Parlamento era una institución dinámica de una enorme vitalidad, donde, junto a la imprescindible pluralidad y conflictividad, se lograban acuerdos a muy diversos niveles. Baste con recordar que, aunque formalmente hubiera bastado con su aprobación por mayoría simple, se logró que lo fuera por una abrumadora mayoría, con el apoyo de casi la totalidad de los grupos parlamentarios de peso. No es tampoco anecdótico que en aquellos instantes eran Diputados en las Cortes los secretarios generales de los dos grandes sindicatos, quienes igualmente participaron activamente en los debates parlamentarios y en el logro del consenso. A pesar de que en su origen la mención al Estatuto de los Trabajadores se incorporó en la Constitución Española como una bandera de la izquierda, tomando como referencia una muy simbólica Ley italiana del mismo nombre, acabó convirtiéndose en un instrumento legal de menor ambición, pero al propio tiempo de mayor capacidad para unir y fijar fórmulas que han cuajado posteriormente precisamente gracias a su aceptación generalizada y a su legitimación social. Todo ello le ha permitido blindarse frente a cambios bruscos y sobrevivir en sus esencias con los cambios de mayoría parlamentaria legislatura tras legislatura.

En todo caso, una de las principales virtudes del Estatuto ha sido la de saber evolucionar como un texto vivo, que no se ha anquilosado ni petrificado, de enorme flexibilidad como requieren los tiempos que vivimos, pues ninguno de sus contenidos se ha considerado intocable ni nada de lo regulado se ha tratado como un tótem. Prueba de ello es que a lo largo de su existencia se ha reformado en 38 ocasiones, con una periodicidad que da una media superior a una reforma por año. Aunque en unos casos hayan sido cambios de mayor calado y otros de menor envergadura, con seguridad es la norma más sensible a los cambios políticos, sociales, culturales y económicos que se han vivido a lo largo de todo este tiempo. Ya en su propio arranque, la versión inicial de inicios de los ochenta incorporaba cambios respecto al modelo precedente, donde se puede hoy en día apreciar como era una norma que comenzaba a ser sensible a las profundas transformaciones económicas que se venían produciendo en el sistema productivo, de modo que tanto se preocupaba por garantizar derechos a los trabajadores como de proporcionar instrumentos de flexibilidad a las empresas. Y ello ha constituido una constante en todas las reformas precedentes.

En estas fechas en las que se vislumbra una nueva reforma laboral, más allá de la voluntad de pactarlo, no dejan de apreciarse riesgos de bloqueo. En mucho se debe a un fuerte temor a los efectos de los cambios, lo que provoca actitudes conservadoras, un vital pesimismo de que toda modificación siempre lo será a peor, con tácticas de asumir el menor riesgo posible. La capacidad demostrada de adaptabilidad del Estatuto a los cambios externos con la compensación de la también necesaria prudencia, podría constituir una importante lección a aprender de la experiencia vivida.

En suma, no hay más que felicitarse por estos treinta años y desear larga vida al Estatuto de los Trabajadores, especialmente manteniendo esas señas de identidad, como resultado de la concertación social y de la flexibilidad en la búsqueda del equilibrio de intereses.

jueves, 10 de diciembre de 2009

LAS RELACIONES LABORALES EN ANDALUCÍA



La conformación de un marco autonómico de relaciones laborales constituye una de las señas de identidad de nuestro sistema democrático de relaciones laborales. Más allá de ciertos titubeos iniciales, dicho marco se ha construido sobre la base de la complementariedad, con impulsos políticos públicos y privados de actuación en la misma dirección, lo que ha evitado escenarios de confrontación entre las estrategias marcadas en el ámbito nacional y en el correspondiente autonómico.

El sistema andaluz de relaciones laborales constituye un ejemplo paradigmático de este modelo de sinergias de actuación, en clave de diseño general de las políticas laborales en el ámbito estatal y correlativa implementación por la vía ejecutiva y de negociación colectiva en el ámbito autonómico. Algunos retos de calado quedan por afrontar, entre los que cabe destacar el logro de unas políticas públicas más eficientes en su impacto real sobre el devenir de nuestro mercado de trabajo, la necesaria coordinación de las políticas públicas laborales singularmente en el ejercicio de las competencias de la Administración laboral autonómica, así como un diseño más racional de nuestra estructura de la negociación colectiva en la que la construcción de un nivel autonómico se debe producir como instrumento alternativo a la negociación provincial y en ningún caso como sustitutiva de la negociación estatal.

sábado, 28 de noviembre de 2009

EDUCACIÓN O TRABAJO

La reciente sugerencia del Ministro de Educación de elevar la edad de escolarización obligatoria hasta los 18 años ha provocado un nuevo debate acerca de la situación de la formación de los jóvenes y las medidas de política educativa que se deben acometer. La situación de la educación constituye un asunto crucial, dado que nos enfrentarnos a las tasas más elevadas de fracaso escolar de toda Europa, se  aprecian índices preocupantes de absentismo escolar, se denuncian en algunos centros problemas de disciplina y, especialmente, se advierte que el patrón de crecimiento económico al que deberíamos aspirar en el futuro debería estar basado en la importancia del capital humano y en la creación de empleo altamente cualificado. Para ello, necesitamos de profesionales bien formados, especialmente que las nuevas generaciones se incorporen a nuestro mercado de trabajo tras un período prolongado y fructífero de formación escolar y profesional. Para ello necesitamos de personas maduras y motivadas, lo cual hace dudoso que se vaya a lograr por medio de obligarles a seguir en fases educativas a quienes ya prácticamente adultos no desean continuar escolarizados. Por ello, el objetivo a conseguir debe ser el de que a los jóvenes a partir de los 16 años se les trate como adultos que son, de modo que se les convenza tras una formación integral previa de la necesidad de que continúen formándose, pero no que se les fuerce a ello; lo contrario, no hará sino trasladar acrecentados los problemas existentes hoy en día en las fases previas de escolarización obligatoria. Se trata de lograr que la mayoría de la población juvenil siga escolarizada, pero por la vía de la motivación y de lograr una superior calidad de los resultados de la educación obligatoria.
En todo caso, incluso en el contexto más optimista, siempre quedará una población desafecta a continuar estudiando y, sobre todo, un grupo significativo de jóvenes con un grado más o menos intenso de fracaso escolar. En particular, habrá que poner el punto de atención sobre estos últimos, buscándoles salidas y ofreciéndoles alternativas a la formación escolar prolongada que rechazan. A tal efecto, es importante transmitirles la idea de que, superada la edad de escolarización obligatoria, ellos en modo alguno carecen de obligaciones tipo alguno frente a la sociedad, ni la sociedad ninguna tampoco respecto de ellos; hay sobre todo que conjurar el peligro de que estos jóvenes, terminada la fase educativa, pasen a una situación de pasividad e inactividad total. Convendría remacharles la idea de que su salida del ámbito educativo les obliga y les da derecho a incorporarse al mercado de trabajo. En definitiva, que la alternativa tiene que ser o bien continuar estudiando o bien comenzar a trabajar, pero en modo alguno es el ostracismo.
La solución no es nada fácil, si tenemos en cuenta que más de la mitad de la población entre 16 y 19 años que aspira a trabajar se encuentra desempleada, en concreto el 53,4 %, cuando la media para el conjunto de la población activa es del 18 %. Por ello, lo razonable es reducir al máximo el abandono escolar tras la edad de obligatoria escolarización, eso sí no por la vía de la imposición. Pero al propio tiempo, aceptar que a quien no se le convenza tiene que tener una alternativa, que no los condene a invernar a la espera de mejores tiempos. De un lado, habría que fomentar la incorporación de estos jóvenes al trabajo, por ejemplo, por la vía de incrementar la oferta de contratos de trabajo para la formación, incluso habría que pensar en la posibilidad de obligar a que quien viene del fracaso escolar sólo se pudiera contratar laboralmente por la vía de estos contratos para la formación; contratos que integran obligatoriamente un cierto porcentaje de tiempo dedicado a la formación teórica del empleado, de modo que sería una forma de pasaje menos brusco del abandono escolar a la integración en un mercado de trabajo sin cualificación profesional alguna. Naturalmente, si las cosas se quieren hacer bien, ello comportaría costes adicionales para las empresas, que de algún modo deben venir compensados por medio de programas públicos específicos de sostenimiento y apoyo económico. De otra parte, de no poderse encontrar empleo para todos, mejor sería su incorporación dentro del sistema de formación para el empleo de los servicios de colocación, sin obligarles a permanecer en un medio escolar tradicional que se ha comprobado que rechazan y cuya continuidad forzada no va a hacer otra cosa que incrementar los efectos negativos en nuestro sistema educativo.

domingo, 10 de mayo de 2009

LOS EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO: ELEMENTOS DE DEBATE Y PROPUESTAS DE REFORMA



La crisis económica que vivimos desde finales de 2007 ha tenido una notable repercusión negativa sobre el empleo a partir de mediados de 2008, lo que ha provocado un notable incremento de los despidos colectivos y, con ellos de los expedientes de regulación de empleo. Tal actualidad de una institución clásica entre nosotros ha dado lugar a la apertura de un importante debate acerca de la adecuación del régimen legal de los mecanismos dirigidos a reducir empleo en las empresas ante situaciones de crisis, en particular de aquellos que se articulan a través de los mencionados expedientes de regulación de empleo.

El presente estudio, de presentación general del número monográfico de la revista, pretende de forma resumida y esquemática dejar constancia de los aspectos más discutidos en la actualidad de la regulación relativa a los despidos colectivos, formulando algunas consideraciones orientativas de por donde podría dirigirse una hipotética reforma legal en la materia: exploración de las vías alternativas al despido, reforzamiento de los planes sociales, potenciación de los mecanismos privados de resolución de conflictos con adaptación de la funcionalidad de la intervención administrativa y del protagonismo de los representantes sindicales y empresariales, revisión judicial de los expedientes de regulación de empleo y cierto tipo de desviaciones que se advierten en las fórmulas alternativas a los expedientes como son la vía individual y las situaciones concursales de las empresas.

LA REGULACIÓN DEL DESPIDO: FUNCIONES Y ARTICULACIÓN JURÍDICA


Desde una perspectiva de análisis esencialmente jurídica, el presente estudio pretende resaltar la complejidad de la regulación del despido, a tenor de la variedad de funciones que debe garantizar la misma dentro de un modelo de Estado Social de Derecho, que debe atender a principios nada fácil de conciliar, como son los de productividad, causalidad del despido, compensación de daños y perjuicios, fomento de la movilidad interna en la empresa, atención a los riesgos de segmentación del mercado de trabajo, etc. En particular, se resaltan las distorsiones producidas en nuestro sistema legal, a resultas de haber hecho un uso indebido de la contratación temporal como mecanismo de respuesta a las adaptaciones estructurales de las plantillas de las empresas, así como de utilización de los mecanismos de despidos ilegales improcedentes para atender a necesidades justificadas de reducción de empleo en la empresa. A tenor de ello se formulan las medidas correctoras que se deberían adoptar y cuáles otras carecen de fundamento, cuando no pueden producir efectos contraproducentes.


sábado, 23 de agosto de 2008

AYUNTAMIENTOS Y EMPLEO

Las dificultades económicas por la que atraviesan ciertos Ayuntamientos han provocado despidos colectivos, previa autorización de la Junta de Andalucía, que han tenido una notable repercusión. Probablemente la situación tenga mayor intensidad de lo que parece, pues las tasas más altas de temporalidad existentes en estas Administraciones Públicas les permite limitarse a no renovar los contratos temporales vigentes, o bien a reducir las contrataciones externas con empresas de servicios.
 A primera vista se trata de una consecuencia más de la crisis económica actual que vivimos, no escapando a ello los Ayuntamientos, pero sin que pueda presentarse como algo especial. Sin embargo, lo singular reside en que tales medidas no habían sido adoptadas en crisis de empleo pasadas, ni siquiera en la muy intensa de inicios de los años noventa. Más aún, por algunos se ha defendido que estos despidos a través de expedientes de regulación de empleo no son posibles en las Administraciones Públicas, dado que mientras que a una empresa puede sobrevenirle una situación económica que le obligue a recortar empleo, las entidades públicas nunca pueden quebrar y, por tanto, nunca está justificado autorizar estos despidos. Sin embargo, sin entrar en tecnicismos innecesarios, conviene destacar que la normativa no diferencia entre trabajadores del sector privado y del público; siendo personal laboral, a todos se les aplica por igual la legislación sobre despidos. Por ello, aceptemos que si un Ayuntamiento se encuentra en situación de constatado desequilibrio económico, de entidad suficiente como para no poder hacer frente a los costes laborales del total de su plantilla, queden justificados los despidos colectivos en la proporción necesaria. No hay argumento razonable para defender que los empleados públicos puedan reclamar privilegios e inmunidades, que no poseen quienes trabajan para empresas privadas.
Ahora bien, sin que con ello me esté refiriendo a los casos concretos de los Ayuntamientos directamente afectados que personalmente desconozco, en términos generales, si se ha podido llegar a esta situación en el ámbito de las entidades locales, ello ha sido básicamente porque se ha incurrido en dos errores manifiestos en la política municipal; errores que conviene reconocer y procurar que no se repitan.
En efecto, de un lado, existe una larguísima tradición de utilizar a las Administraciones locales, particularmente en el medio rural, como instrumento de inflar el empleo de su personal, como fin en sí mismo de facilitar medios de subsistencia a sus convecinos, a la vista de las carencias de la iniciativa empresarial creadora de empleo en ese medio, y no tanto por una prestación de servicios públicos que requieren de profesionales cualificados y especializados. Sin pretender criticar lo que se tuvo que hacer en el pasado en un contexto diferente, hoy en día los Ayuntamientos en muchos casos se han convertido creadores de subempleo ficticio. El corolario lógico no es otro que hacer hincapié en que los Ayuntamientos, aparte de prestar unos buenos servicios públicos a la ciudadanía, deben centrar su atención en la dinamización económica de su entorno, propiciando el asentamiento sólido de empresas en su territorio, pues de lo contrario el resultado es pan para hoy y hambre para mañana.
De otro lado, probablemente más importante, los Ayuntamientos han vivido un período singular, en el que han obtenido ingresos extraordinarios gracias a las grandes operaciones urbanísticas. Incluso cuando éstas han sido ordenadas racionalmente, en casi todos los casos se ha hecho un uso indebido de tal financiación pública excepcional, pues los correspondientes ingresos no se han destinado en lo fundamental a la construcción de equipamientos públicos e inversiones de infraestructura general, como debería ser, sino que en gran medida han ido a parar a gastos corrientes, por tanto a pagar las nóminas de su personal. Así se explica que si la presente crisis tiene como una de sus causas un fuerte parón en la construcción, ello haya repercutido de manera automática sobre la financiación de los Ayuntamientos y, con ello, en dificultades de continuar con el personal contratado. En algunos casos se resienten los servicios públicos proporcionados por unas entidades que atienden necesidades básicas de los ciudadanos. A la postre, como no se resuelva de forma estructural y coherente el sistema de financiación de los Ayuntamientos veremos que este asunto, por ahora puntual, puede hacerse más grave y provocar una preocupante conflictividad.

lunes, 21 de julio de 2008

TRABAJO INFANTIL: UN MAL EJEMPLO

Una de las señas de identidad de una sociedad con un alto nivel de calidad de vida se manifiesta en la atención y trato que les otorga a los niños. Por ello, en el conjunto de los países desarrollados constituye un valor plenamente consolidado y unánime la idea de que los niños y adolescentes no deben efectuar trabajo productivo alguno, debiendo dedicarse en su primera etapa a disfrutar del juego y posteriormente a la adquisición de una educación en las muy diversas facetas de la vida. Naturalmente, nos referimos a la situación general de los países de nuestro entorno, pues bien son conocidas las situaciones sangrantes de explotación sin paliativos del trabajo infantil en los países menos desarrollados e incluso en aquellos otros que han experimentado un fuerte desarrollo económico en las últimas décadas. En todo caso, centrándonos en la situación española, desde mucho tiempo atrás se ha establecido una estricta prohibición del trabajo infantil en consonancia con lo que imponen los Tratados internacionales sobre la protección de la infancia y los derechos del niño, prohibición que se respeta de manera muy generalizada.
A pesar de lo anterior, se advierte una quiebra llamativa en esta materia, que suele pasar inadvertida y que, a mi juicio personal, tiene una notable trascendencia, por mucho que en términos cuantitativo afecte a pocos. En efecto, mientras que existe un rechazo generalizado del trabajo infantil en la actividad productiva ordinaria, no sucede lo mismo ni mucho menos cuando hablamos de actividades artísticas en espectáculos públicos o en ciertos deportes de competición. Ahí la conciencia social dominante resulta mucho más permisiva. Bien sea por la discutible idea de que se trata de actividades en el entorno del ocio y que se presumen supone la realización de algo satisfactorio en lo personal, por las expectativas de conseguir con rapidez prestigio o éxito social que aseguran unos ingresos económicos fáciles y elevados no alcanzables para ciertas personas por vías profesionales más clásicas, o bien simplemente por el hecho de que a todos nos provoca su gracia contemplar a niños opinando, contando chistes o actuando en ciertos programas televisivos, a veces incluso con ciertas dosis circenses, lo cierto es que existe una común aceptación de la bondad de que algunos desde muy temprana edad se dediquen a este tipo de actividades artísticas y deportivas.
Lo grave es que cada vez más se observa como estos niños y adolescentes se dedican fundamentalmente a esta tarea, llegando a profesionalizarse, para colmo con el apoyo incondicional de su familia. Nadie se pregunta hasta qué punto ello se produce con una fuerte merma del tiempo que deberían dedicar a su formación obligatoria. Lo más preocupante es que ciertos estereotipos por ellos representados influyen decisivamente en la población que los contempla en los medios y acaban transmitiendo mensajes subliminales nada edificantes, como son los relativos al éxito fácil, con demérito del esfuerzo intelectual y de formación que deben constituir valor universal para todos. No es mera anécdota que hace poco, en una publicación de amplia difusión, uno de estos personajetes, que precisamente empezó en actividades televisivas a temprana edad y hoy ya crecidito, ante la pregunta de si le preocupaba la situación económica que vivimos, respondía, probablemente queriendo hacerse el gracioso, que su receta era que todo el mundo debía “pensar menos y beber más”; se ve que lo suyo no es pensar y prefiero imaginar que de lo segundo no haya en exceso. Estos mensajes acaban calando en la sociedad y no deberíamos dejar de denunciarlos, porque al final influyen más de lo que creemos. No es exagerado relacionar este tipo de condescendencias sociales con la situación que últimamente se resalta de que nuestro país presenta elevadas tasas de fracaso escolar, doblando la media europea y donde, por desgracia, se observa una fácil predisposición a una incorporación demasiado temprana de los jóvenes al mercado de trabajo, acostumbrándose a unos ingresos económicos reducidos, pero de los que después no es nada fácil prescindir.
Aunque fuera como un granito de arena de colaboración, podría resultar conveniente que las televisiones alcanzaran un compromiso entre ellas de evitar abusos en esta materia, abandonando tanto objetivo comercial de cuota de pantalla. Tampoco vendría nada mal una menor tolerancia por parte de las Administraciones Públicas, que no deberían permitir ciertas prácticas  y excesos, pues tienen medios para impedirlos.

jueves, 10 de mayo de 2007

SIGNIFICACIÓN GENERAL Y PRINCIPIOS INFORMADORES DE LA LEY PARA LA IGUALDAD



La incorporación de la mujer al trabajo retribuido ha experimentado un incremento espectacular en los últimos tiempos, a pesar de lo cual se mantienen o incluso surgen nuevos desequilibrios en el mercado de trabajo en su perjuicio, por lo que afecta a su empleo y condiciones de trabajo, así como en el ámbito de la protección social. Las acciones legislativas y de políticas públicas emprendidas desde la implantación de nuestro actual modelo constitucional han sido recurrentes, muy variadas e intensas en orden al logro de un escenario de plena igualdad de oportunidades, a pesar de lo cual se siguen observando sus insuficiencias en orden a profundizar en los objetivos propuestos y compartidos.

De ahí la trascendencia de la reciente Ley para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, que pretende ofrecer un nuevo enfoque a la intervención de los poderes públicos y privados en materia de políticas de igualdad. Las señas de identidad más destacables de la Ley se cifran en la transversalidad, la efectividad y la corresponsabilidad en la asunción de las cargas familiares. La transversalidad, en cuanto que se valora que las causas históricas de la postergación laboral y social de la mujer son muy plurales y de diversa caracterización, lo que requiere actuar sobre muy distintos frentes y de forma coordinada. La efectividad, por cuanto que, afianzadas las reglas de tutela formal frente a conductas discriminatorias, se pretende el logro de una igualdad de oportunidades en el terreno de lo material, con vistas a superar en la realidad de los hechos los desequilibrios antes referidos, lo que se requiere la adopción de medidas de promoción directa y de acción positiva. La corresponsabilidad, en el sentido de propiciar que la conciliación de la vida familiar y laboral sea asumida en igual medida por los hombres.

El convencimiento de todos los protagonistas, que permite el desarrollo de la confianza mutua y de estrategias de consenso, permite penetrar en ámbitos más extensos que los tradicionales derivados de las técnicas jurídicas de intervención más clásicas, al tiempo que constituye el aval más garantizador de los buenos resultados esperables de la implementación de la Ley para la igualdad.

sábado, 5 de agosto de 2006

ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

Uno de los cambios más significativos en la actualidad en nuestras sociedades desarrolladas es la presencia cada vez más intensa de numerosas personas que no pueden valerse por sí solas por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesitando de la ayuda de otros para realizar las actividades básicas de la vida cotidiana. Se ha prolongado considerablemente la esperanza de vida, de modo que la población de más de 65 años ronda ya en España los 7 millones; incluso se aprecia un envejecimiento del envejecimiento, pues también se ha duplicado la población de más de 80 años. Enfermedades o accidentes que antes eran mortales hoy en día no lo son, gracias al avance de la medicina, si bien al propio tiempo aumentan quienes padecen de enfermedades crónicas o notables procesos de pérdidas de capacidades físicas o psíquicas, que limitan la autonomía personal e incrementan las necesidades de atención para mantener una vida digna. Algunas noticias que aparecen de vez en cuando de personas halladas muertas en sus domicilios, en la soledad y tras un prolongado período de tiempo, pueden constituir el iceberg de un problema cada vez más acuciante.

Personas con mayores o menores grados de incapacidad han existido en el pasado más reciente y en el más remoto, siendo uno de los signos de solidaridad su protección, no siendo abandonados a su suerte por parte de una sociedad digna de tal nombre. Eso sí, tradicionalmente eso se ha producido sobre todo por el redoblado esfuerzo de la familia, algunos de cuyos miembros han perdido a su vez autonomía y capacidad de integración social. No es casual que ello haya recaído básicamente en las mujeres dedicadas a las tareas domésticas, que durante parte de su vida se han tenido que dedicar al cuidado de sus hijos y más tarde al de sus mayores. Cuando la mujer se ha incorporado plenamente a la actividad profesional, no siendo ya un período limitado de su vida activa, ni pudiendo concebirse que la conciliación de la vida familiar y profesional sea la respuesta idónea a estas necesidades de atención a las personas dependientes, se perciben fácilmente los riesgos de abandono que pueden sufrir algunos.

Por añadidura, estas situaciones de necesidad no golpean por igual a todos. Quienes tienen medios económicos pueden paliar en mayor medida estas situaciones de dependencia, pero en mucha menor medida se pueden dar respuestas individuales para el resto. Más aún, la complejidad de servicios y asistencia que requieren estas personas, exige cada vez más de un sistema profesionalizado, no siendo suficiente con la ayuda desinteresada de los más próximos. Ni los familiares, ni las organizaciones de voluntarios, ni la población inmigrante con escasos niveles de cualificación profesional pueden ofrecer lo que necesitan algunas de estas personas en situaciones ciertamente delicadas; piénsese en quien padece de alzeimer o una demencia senil. Una cosa es el apoyo afectivo de los próximos y otra bien diferente la prestación de servicios que atienden a las necesidades materiales de quienes sufren estas desgraciadas situaciones.

Por todo ello, el establecimiento de unos buenos servicios sociales y asistenciales a  quienes no pueden valerse por sí mismos constituye uno de los grandes retos a los que nos enfrentamos ya en el presente. Tan decisivo es que con razón se viene considerando que la formación de una completa red de atención a las personas dependientes supone la construcción del cuarto pilar de nuestro Estado de Bienestar, junto con la sanidad, la educación y las pensiones. El gasto social en nuestro país sigue situándose por debajo de la media europea y, sin duda, su incremento para atender a las personas en situación de dependencia lo merece.

Si en principio todos podemos estar de acuerdo en lo anterior, también hemos de ser conscientes de que ello requiere de un fuerte esfuerzo de financiación pública, que a la postre no sale de otro sitio que de los impuestos que todos pagamos. Algunas medidas enfocadas a la conformación de tales servicios pueden provocar ahorro en otros campos; por ejemplo, la experiencia de otros países es manifiesta en el ahorro en  el gasto sanitario. Pero ello, en todo caso, no será suficiente, por lo que el esfuerzo de solidaridad entre todos vía impuestos será imprescindible. No menos importante es el hecho de que por haberse decidido que estos servicios sociales sean asumidos plenamente por las Comunidades Autónomas, como competencia de asistencia social, puede provocar desequilibrios territoriales, con un escenarios donde unos por razón de su residencia gocen de unos razonables servicios de atención a las personas dependientes, en tanto que en otros sitios la atención sea mucho más deficitaria. El establecimiento de un umbral mínimo de derechos iguales para todos se hace imprescindible también en aras de la construcción de una sociedad con menos desigualdades.

miércoles, 10 de mayo de 2006

EN BUSCA DE LA ESTABILIDAD PERDIDA: LAS CAUSAS DE LA TEMPORALIDAD




Desde los inicios de la década de los años ochenta los requerimientos de flexibilidad de las empresas en España se han concentrado prevalentemente en el uso de las diversas modalidades de contratación temporal ofrecidas por nuestra legislación laboral. El resultado ha sido una fuerte presencia de la contratación de duración determinada en nuestro mercado de trabajo.